lunes, 1 de diciembre de 2014

Tesoreria




INDICE
          

1.   INTRODUCCIÓN

2.   OBJETIVOS

2.1  OBJETIVO GENERAL

2.2  OBJETIVO ESPECIFICO

3.   ALCANCE

4.   TERMINOS Y DEFINICIONES

5.   MARCO LEGAL

6.   PLAN DE TRABAJO

7.   FLUJORAMA

8.   ANEXOS




1.   INTRODUCCIÓN


El desarrollo de este trabajo tiene como finalidad ver y comprender la importancia de la actividad de tesorería, donde se realizar operaciones de distintas naturalezas que generan una corriente de cobros y de pagos. Éstos, pueden efectuarse con cheques, mediante domiciliaciones bancarias, transferencias bancarias, tarjetas de crédito o de débito, etc. (si los cobros o pagos se realizan al contado o de forma anticipada), o a través de letras de cambio, pagarés, recibos, etc.(en el caso de cobros o pagos con aplazamiento).En cualquier caso, es muy importante realizar un adecuado seguimiento y previsión de los cobros y de los pagos, con el objeto de detectar con la suficiente antelación, situaciones de déficit o superávit de tesorería.



2.   OBJETIVOS

2.1 OBJETIVO GENERAL

Coordinar y controlar la gestión de Tesorería de la Institución a fin de asegurar un adecuado manejo y registro de las operaciones de los fondos que administra.



2.2 OBJETIVO ESPECÍFICOS

v  Garantizar de manera eficiente las actividades de custodia, control, manejo y desembolso de fondos, valores y documentos negociables que se administran en la Universidad Tecnológica de Panamá.

v  Atender todos los aspectos relativos a la obtención de los servicios bancarios que requiera la operación financiera del Centro.

v  Desarrollar y establecer el sistema de administración integral de los recursos financieros del Centro, en cumplimiento a las disposiciones legales en la materia.
 
v  Vigilar que la documentación soporte de la salida de efectivo cumpla con los requisitos de carácter fiscal y de control interno.
 


3.    ALCANCE


Paro todos aquellos interesados en conocer la situación contable de  la      empresa internamente la gerente y cualquier empleado que esté interesado en conocer dicha información   externamente interesados en invertir en la empresa y todas las entidades que  requieran información acerca de  del estado financiero de la empresa



4.    TÉRMINOS Y DEFINICIONES


ACTIVO: Corresponde a todos los bienes y derechos que posee una empresa, susceptibles de ser valorados en dinero; tales como bienes raíces, automóviles, derechos de marcas, patentes, cuentas por cobrar, entre otros. 

BONIFICACIÓN: Incentivo que otorga el Estado.

CERTIFICADO: Documento en que se acredita determinada información de manera fehaciente; se extiende hasta el último día del mes en que se efectúa la consulta. El certificado puede ser de deudas, de movimientos, etc.

CONTRIBUYENTE: Personas naturales o jurídicas; o los administradores o tenedores de bienes ajenos afectados por impuestos.

DECLARACIÓN DE RENTA: Esta declaración se realiza en abril de cada año a través de la presentación del Formulario 22 de Renta. Aquí deben ser declaradas las rentas o ingresos correspondientes al año anterior.

EGRESOS: Área o proceso de negocio de la TGR, mediante el cual se pagan los beneficios y obligaciones fiscales que el Estado tiene con contribuyentes, personas naturales, jurídicas e instituciones en general. (Débitos)

INGRESOS: Recaudación que se realiza por concepto de impuestos fiscales, derechos de aduana, multas y demás créditos fiscales, ya sea por pago espontáneo de los contribuyentes o a través de la  cobranza administrativa o judicial. También se debe considerar que se percibe recaudación en moneda extranjera.

IMPUESTO: Pagos obligatorios de dinero que exige el Estado a los individuos y empresas que no están sujetos a una contraprestación directa, con el fin de financiar los gastos propios de la administración del Estado y la provisión de bienes y servicios de carácter público.

IVA: Impuesto Valor Agregado que consiste en el recargo del 19% al monto del precio final determinado por el vendedor de un bien o servicio.
MEDIO DE PAGO: Es aquel aceptado comúnmente para comprar o arrendar un bien, para cancelar una deuda y para cualquier pago en general. En el ámbito tributario corresponde al pago en dinero efectivo en moneda nacional, cheque, vale a la vista y tarjetas de crédito bancarias y Grandes Tiendas autorizadas por la Tesorería para realizar pagos.

NOTIFICACIÓN: Tiene por objeto poner en conocimiento del contribuyente una determinada actuación o resolución del Servicio, efectuada conforme a la ley.

ORDENANZA: Liquidación y pago de los certificados de aduana.

PASIVO: Cantidad total que una empresa adeuda a terceras personas, que representa los derechos que tienen los acreedores y los propietarios sobre su activo. Está compuesto por el pasivo no exigible y por el pasivo exigible a corto y largo plazo.

REAJUSTE: Corrección que se hace a una suma de dinero, expresada en moneda corriente, con el fin de restituirle su poder adquisitivo inicial, debido a la pérdida que ocurre frente a un proceso inflacionario.

RECAUDACIÓN: Cobranza o recepción de fondos o bienes por parte de un agente económico o alguna institución fiscal.
RENTA: Ingresos que constituyan utilidades o beneficios que rindan una forma o actividad y todos los beneficios, utilidades e incrementos de patrimonio que se perciben o devenguen cualquiera sea su origen, naturaleza o denominación
RETENCIÓN: Corresponde a la suspensión de un pago a favor de un contribuyente y puede ser dispuesta por un Tribunal, el Servicio de Impuestos Internos, por una ley o Tesorería. La retención puede ser para pagar ese valor a un tercero, puede ser temporal hasta que el contribuyente regularice la situación que la originó. Por ejemplo: retenciones judiciales, retenciones SENCE, Retención para pagar el Crédito Universitario, etc.

5.    MARCO LEGAL


DECRETO 2460 DE 2013:
Procedimientos relacionados con el RUT
Por el cual se reglamenta el artículo 555-2 del Estatuto Tributario, estableciendo los procedimientos relacionados con el RUT
LEY 1314 DE 2009:
Convergencia contable
Por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes
DECRETO 2649 DE 1993:
Reglamento general de contabilidad
Por medio del cual se reglamentan las normas del código de comercio en materia de contabilidad y se fijan los principios y normas contables generalmente aceptadas en Colombia.
DECRETO 2650 DE 1993:
Plan único de cuentas para comerciantes
Por el cual se modifica el Plan Único de Cuentas para los comerciantes.



6.    PLAN DE TRABAJO


Para poder empezar la contabilización de los movimientos económicos de la empresa es necesario definir el plan de cuentas para nuestra compañía, que tendrá en cuenta las características de nuestro sector de actividad y las especificidades propias.
Definir el desglose de las siguientes cuentas, teniendo en cuenta que la contabilidad es la herramienta para el control económico de la empresa y que se utilizará para la toma de decisiones:
• Proveedores: según zonas, tipos de compras, etc.
• Clientes: según zonas, comerciales, tipo de venta, etc.
• Gastos: abrir las cuentas y subcuentas de forma que sea fácil localizar la información para confeccionar balances y hacer control financiero y presupuestario.
• Ingresos: por tipo de producto, de servicio, comerciales, etc.
â       Registro de asientos contables
Tomar de la cubeta “Pendiente de Contabilizar” los documentos depositados y registrarlos en el programa contable.
Las operaciones a registrar serán:
• Facturas emitidas
• Facturas de proveedores y transportistas
• Facturas de acreedores
• Nóminas
• Impuestos
• Gestiones bancarias



7.    FLUJOGRAMA













8. ANEXOS

















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