lunes, 1 de diciembre de 2014

Salud Ocupacional


                                                     
INDICE

1. INTRODUCCIÓN

2. JUSTIFICACIÓN

3. OBJETIVOS

 4. ALCANCE
                                           
5. MARCO LEGAL

6. MARCO LÓGICO

7. POLÍTICAS DE SALUD OCUPACIONAL




INTRODUCCIÓN


La salud ocupacional es una rama orientada a promover y mantener  el mayor grado de salud y bienestar  de los trabajadores, protegiéndolos en su empleo de todos los agentes perjudiciales para la salud y cuyo propósito es el de proporcionar condiciones de trabajos seguras, sanas, higiénicas, y estimulantes para los trabajadores con el fin de evitar accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y mejorar la productividad en el trabajo.
Velar por la salud de todos los empleados es parte fundamental dentro de una organización ya que ellos forman un aspecto vital en el desarrollo de  las actividades y son quienes hacen que cada una de las tareas asignadas se lleven a cabo de manera optima, colaborando así con el buen funcionamiento de la empresa; es por ello que hoy en día las empresas se preocupan cada vez más por llevar a cabo estos procesos, en este caso la debida ejecución de un programa de salud ocupacional, de esta forma ver que un trabajador sano se constituye en el factor más importante de los procesos productivos, pues cada trabajador se puede enfrentar a factores de riesgo  que afecten su salud y por ende la finalidad de sus labores, por ello se debe ocupar de manera directa y constante de todas las actividades relacionadas con el bienestar físico, mental y emocional de todos los trabajadores y brindar las condiciones ambientales acordes para que puedan desarrollar de forma eficaz las funciones que se le han sido asignadas.







JUSTIFICACION


El presente programa de salud ocupacional es realizado por la necesidad que tiene la empresa ASOCREAD, en donde se requiere establecer ciertos procesos para no incurrir en acciones que amenacen el normal desarrollo de las operaciones y que se ponga en riesgo la salud de los operarios, es por eso que la empresa decidió desarrollar un programa de salud ocupacional que proporcione al personal mejores condiciones laborales, estandarizando así, cada uno de los procesos como una herramienta para el mejoramiento de los servicios, la reducción de costos y la disminución de riesgos en las operaciones, logrando de esta manera cumplir con cada uno de los objetivos y metas establecidas, para llevar a cabo proyectos y planes que favorezcan la entidad y estimulen su crecimiento futuro.



OBJETIVOS

 OBJETIVO GENERAL

Planear, organizar, ejecutar y evaluar las actividades del programa de salud ocupacional de acuerdo con las necesidades identificadas en los diagnósticos  de salud y las condiciones de trabajo.



OBJETIVOS ESPECIFICOS

1.    Promover, mantener y mejorar las condiciones de salud y condiciones de la empresa con el fin de preservar un estado de bienestar físico,mental y social de los trabajadores a nivel individual y colectivo que mejores las condiciones de la empresa.
2.    .Determinar el peligro al que pueden estar expuestos los empleados valorando el estado vigente de las instalaciones de la institución.
3.    Realizar el panorama de riesgos de la institución, ya que este es la base para el desarrollo de las actividades del programa de salud ocupacional.
4.    Entrenar a los integrantes de la organización en la aplicación de normas de higiene y seguridad industrial para que ellos adquieran un compromiso con dicho proceso.
5.    Proponer mejoras distintas a lograr mayor bienestar a los miembros que  conforman la entidad.




ALCANCE

El alcance de salud ocupacional es proveer la seguridad, protección y atención a los empleados en el desempeño de su trabajo con lo reglamentado en las normas establecidas por la resolución 2400 de 1979 (ambientación, construcción y adecuación); y subprogramas que desarrollan en el ámbito laboral.

GLOSARIO
Actividad rutinaria. Actividad que forma parte de un proceso de la organización, se ha planificado y es estandarizarle
Actividad no rutinaria. Actividad no se ha planificado ni estandarizado dentro de un proceso de la organización o actividad que la organización determine como no rutinaria por su baja frecuencia de ejecución.
Análisis del riesgo. Proceso para comprender la naturaleza del riesgo (véase el numeral 2.31) y para determinar el nivel del riesgo (véase el numeral 2.25) (ISO 31000)
Accidente de trabajo. Suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo, y que produce en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, incluso fuera del lugar y horas de trabajo (Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones
Enfermedad. Condición física o mental adversa identificable, que surge, empeora o ambas, a causa de una actividad laboral, una situación relacionada con el trabajo o ambas (NTC-OHSAS 18001)
Enfermedad profesional. Todo estado patológico que sobreviene como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos (Ministerio de la Protección Social, Decreto 2566 de 2009).
Equipo de protección personal: Dispositivo que sirve como medio de protección ante un peligro y que para su funcionamiento requiere de la interacción con otros elementos. Ejemplo, sistema de detección contra caídas.
Evaluación Higiénica. Medición de los peligros ambientales presentes en el lugar de trabajo para determinar la exposición ocupacional y riesgo para la salud en comparación con los valores fijados por la autoridad competente.
Incidente. Evento(s) relacionado(s) con el trabajo, en el (los) que ocurrió o pudo haber ocurrido lesión o enfermedad (independiente de su severidad) o víctima mortal (NTC-OHSAS 18001).
Monitoreo biológico. Evaluación periódica de muestras biológicas (ejemplo sangre, orina, heces, cabellos, leche materna, entre otros) tomadas a los trabajadores con el fin de hacer seguimiento a la exposición a sustancias químicas, a sus metabolitos o a los efectos que éstas producen en los trabajadores.
Riesgo. Combinación de la probabilidad de que ocurra un(os) evento(s) o exposición(es) peligroso(s), y la severidad de lesión o enfermedad, que puede ser causado por el (los) evento(s) o la(s) exposición(es) (NTC-OHSAS 18001).



MARCO LEGAL



•          LEY 100 DE 1993 En la que se establece la estructura de la seguridad social en Colombia la cual está conformada por tres componentes que son El Régimen de Pensión, Atención  en Salud y el Sistema General de Riesgos Laborales.
LEY 9 DE 1979 Marco Legal de la Salud Ocupacional en Colombia Titulo III  y se dictan medidas sanitarias.
•          LEY 50 DE 1990  Introducción a  reformas del Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones.
•          LEY 755 DE 2002  Se modifica el parágrafo del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo. Comentario: Ley María. (Descanso remunerado en la época del parto)
•          LEY 776 DE 2002 Organización, administración y prestaciones en el Sistema General de Riesgos Profesionales
•          LEY 931 DE 2004 Derecho al trabajo en condiciones de igualdad en razón de la edad. Comentario: ART. 2º: PROHIBE exigir a los aspirantes a ocupar un cargo o ejercer un trabajo, cumplir con un rango de edad determinado para ser tenido en cuenta en la decisión que defina la aprobación de su aspiración laboral. Ver Ley 1436 de 2011.
•          LEY 995 DE 2005 Pago proporcional de vacaciones por el tiempo faltante a la terminación del contrato
•          LEY 1010 DE 2006 Medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral Comentario: Toda empresa debe conformar un Comité de Convivencia Laboral. Ver: Resolución 652 de 2012, modificada por la Res. 1356 de 2012.
•          LEY 1335 DE 2009 Prevención del consumo del tabaco. ART. 18, 19, 20 Concordancia: Decreto 1108 de 1994, arts.
38 a 40.
•          LEY 1393 DE 2010 Por la cual se definen rentas de destinación específica para la salud, se adoptan medidas para promover actividades generadoras de recursos para la salud, para evitar la evasión y elusión de aportes a la salud, se re direccionan recursos al interior del sistema de salud y se dictan otras disposiciones. Comentario: Los artículos 26 a 33 de esta Ley tratan sobre los aportes a la Seguridad Social. El artículo 33 es claro al señalar que para afiliar a un trabajador, contratista o a cualquier persona obligada a cotizar al Sistema de Riesgos Profesionales debe demostrarse que se encuentra cotizando a los Sistemas Generales de Seguridad Social en Salud y de Pensiones. Reglamentada por el Dec. 2526/10
•          LEY 1414 DE 2010 “Por la cual se establecen medidas especiales de protección para las personas que padecen epilepsia, se dictan los principios y lineamientos para su atención integral Comentario: Artículos 13, 14 Parágrafo 1º y 20. Es obligación del empleador facilitar el acceso al trabajo de las personas con epilepsia. El parágrafo del artículo 14 de la Ley 1414 de 2010 establece que el Programa de Salud Ocupacional debe incluir actividades dirigidas a los trabajadores en general y específicamente a las personas con epilepsia, para garantizar la salud, la higiene y la seguridad durante las actividades que estos desempeñen
•          LEY 1468 de 2011 Amplía la duración de la licencia de maternidad a 14 semanas (98 días). La licencia se hace extensiva para la madre adoptante, al padre adoptante sin cónyuge o compañera permanente. Madre de hijos prematuros: se “tendrá en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término”, las cuales serán sumadas a las 14 semanas que se establecen en dicha Ley Tratándose de madres con parto múltiple, se tendrá en cuenta lo establecido sobre niños prematuros, ampliando la licencia en dos (2) semanas más. Si la madre muere antes de terminar la licencia por maternidad, el empleador del padre del niño le concederá una licencia de duración equivalente al tiempo que faltare para expirar el período de la licencia posterior al parto concedida a la madre.
•          El empleador debe conceder la licencia de maternidad en forma oportuna a la trabajadora en estado de embarazo, de tal forma que empiece a disfrutarla de manera obligatoria una (1) o dos (2) semanas antes de la fecha probable del parto.
•          LEY 1562 DE 2012 Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.



POLITICA DE SALUD OCUPACIONAL.



Se desarrollará las actividades de prevención y de promoción en salud ocupacional, que permitan proteger la salud del talento humano, controlando para ello la exposición ocupacional a factores de riesgo y la causalidad de las pérdidas propias de la actividad laboral y económica de la entidad.
Destinar los recursos humanos, físicos y financieros necesarios para la planeación, ejecución y evaluación del Programa de Salud Ocupacional acorde con los factores de riesgo existentes con el fin de minimizarlos y controlarlos.
Incluir en los  nuevos proyectos o modificaciones tecnológicas que implementen todos los aspectos que en materia de salud ocupacional aseguren el mejoramiento de la salud de los trabajadores.
Facilitar al personal la participación en todas las acciones propias del desarrollo del programa y conformará el Comité Paritario de Salud Ocupacional según lo establece la legislación vigente.
La empresa se compromete a desarrollar el Programa de Salud Ocupacional fomentando la participación de todos los niveles de la organización que genere un compromiso  individual y colectivo  de auto cuidado en cada uno de los trabajadores.



PLAN DE TRABAJO


El plan de trabajo que se va desarrollar en ASOCREAD tiene como finalidad implementar las pausas activas dentro del entorno de la empresa para beneficio de ello y de salud, una matriz de peligros y riesgos donde se identifica cada riesgo que se encuentre en la empresa y que afecte de manera oportuna a los trabajadores. También determinar los inspecciones de seguridad presentes y rutas de evacuación.




MARCO TEORICO


         Con base en la legislación en referencia se presenta a continuación la precisión de términos más relevante para el desarrollo del presente programa de salud ocupacional.
           
            Basados en el índice, damos algunas definiciones a modo de ejemplo, para que sean implementadas las necesarias según la actividad económica de la empresa.
           
•          RIESGOS PROFESIONALES.
            Son riesgos profesionales el accidente que se produce como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional  por el Gobierno Nacional.
           
•          ACCIDENTE DE TRABAJO.
Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica una perturbación funcional una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar  y horas de trabajo.
Igualmente el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia  a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.

•          ENFERMEDAD PROFESIONAL:
Se considera enfermedad profesional todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el gobierno nacional.


•          SALUD OCUPACIONAL.
            Conjunto de disciplinas que tienen como finalidad la promoción de la salud en el trabajo a través  del fomento y mantenimiento del más elevado nivel de bienestar en los trabajadores de todas las profesiones, previniendo alteraciones de la salud por las condiciones de trabajo, protegiéndolos contra los riesgos resultantes de la presencia de agentes nocivos y colocándolos en un cargo acorde con sus aptitudes físicas y psicológicas.
           
•          CONDICIONES DE TRABAJO Y SALUD.
            Componentes materiales  y  no materiales que pueden ser generadas por el ambiente, la organización  o las personas y que contribuyen a determinar el proceso de salud -enfermedad.
           
•          PANORAMA DE FACTORES DE RIESGO.
            Metodología dinámica que permite la identificación, valoración y análisis de los factores de riesgo presentes en el ambiente laboral, facilitando la intervención sobre los mismos.
           

            COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL.
            Organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional dentro de la empresa.
           
•          FACTOR DE RIESGO.
            Todo aquello que puede provocar algún daño a la salud o a los bienes.


POLITICA DE SALUD OCUPACIONAL.

trabajadores. Se desarrollará las actividades de prevención y de promoción en salud ocupacional, que permitan proteger la salud del talento humano, controlando para ello la exposición ocupacional a factores de riesgo y la causalidad de las pérdidas propias de la actividad laboral y económica de la entidad.
Destinar los recursos humanos, físicos y financieros necesarios para la planeación, ejecución y evaluación del Programa de Salud Ocupacional acorde con los factores de riesgo existentes con el fin de minimizarlos y controlarlos.
Incluir en los  nuevos proyectos o modificaciones tecnológicas que implementen todos los aspectos que en materia de salud ocupacional aseguren el mejoramiento de la salud de los trabajadores.
Facilitar al personal la participación en todas las acciones propias del desarrollo del programa y conformará el Comité Paritario de Salud Ocupacional según lo establece la legislación vigente.
La empresa se compromete a desarrollar el Programa de Salud Ocupacional fomentando la participación de todos los niveles de la organización que genere un compromiso  individual y colectivo  de auto cuidado en cada uno de los




1 INFORMACION GENERAL DE LA EMPRESA

1.1   Datos básicos.

Sede ESAP
Escuela Superior Administrativa  Publica
Dirección:
Carrera 2 con calle 20 esquina
Fusagasugá Cundinamarca
Teléfonos: 3182337703-3192424723
Correo electrónico: asocread.servicioalcliente@gmail.com


1.2   Forma de contratación de los trabajadores

El Decreto 734 del 13 de abril de 2012 que en su artículo 8.1.11 establece que “Las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública deberán contar con un manual de contratación, en el que se señalen las funciones internas en materia contractual, las tareas que deban acometerse por virtud de la delegación o desconcentración de funciones, así como las que se derivan de la vigilancia y control de la ejecución contractual”.


1.4 comité paritario


Principales
Suplentes
Fecha de vigencia
Sheyenne Romero
Gabriel Sánchez

Alexander Prada
(nombre)











2. Subprogramade medicina y preventiva
La medicina preventiva de ASOCREAD, contiene actividades dirigidas a la identificación precoz de agentes y enfermedades y la rehabilitación una vez el daño se ha presentado.
La medicina del trabajo, es la rama de la anterior dirigida a la promoción, prevención y control de la salud de los trabajadores, protegiéndolos de los riesgos ocupacionales y ubicándolos en puestos apropiados  a sus características físicas y mentales.

1.3   reubicación laboral / o ausentismo

Atendiendo a alguna consulta relacionada con las atribuciones legales de una empresa para solicitar la reubicación de un trabajador; solicitar el cambio de carga aún estando el trabajador en carrera; definir claramente que se le cambien sus funciones; qué tipo de recomendaciones puede emitir; que limitaciones tiene en este aspecto; se le recuerda que: El artículo 10° de la Resolución 1016/89 (Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país)establece que: “Los subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo, tiene como finalidad principal la promoción, prevención y control de la salud del trabajador, protegiéndolo de los factores de riesgos ocupacionales; ubicándolo en un sitio de trabajo acorde con sus condiciones psico-fisiológicas y manteniéndolo en aptitud de producción de trabajo"; esta disposición aplica para los casos de enfermedades generales o de origen común y las de origen profesional.De otro lado el marco normativo en salud ocupacional, específicamente en los artículos 80, 81 y 84 de la Ley 9°/79: artículo 2 de la Resolución 2400/79, artículo 348 del Código Sustantivo del trabajo, literal c, artículo 21 del Decreto Ley 1295/94 y numeral 6 de la Circular unificada de 2004, establecen la responsabilidad por parte del empleador de la salud ocupacional de sus trabajadores y de proveerles condiciones óptimas de trabajo.


1.4   ausentismo laboral


ASOCREAD posee un formato de ausentismo que será expuesto a continuación.
El ausentismo laboral puede estar relacionado con causas médicas y estas pueden tener su origen en la ocupación del individuo.
Según causas del trabajo que desarrolle.
Se ofrecen a todos los servidores públicos de la Institución que ingresan, laboran o egresan de la Universidad. La información que se obtiene queda consignada en la historia clínica ocupacional del funcionario.

2. Subprograma de higiene y seguridad industrial


1.5   programa de orden y aseo



Se trata de un programa sencillo de gestión aplicable a cualquier organización que quiera iniciar, mantener y mejorar su forma de competir y sobrevivir en este mundo cambiante. Su aplicación se extiende al hogar visto éste como el primer eslabón dentro de todo el macro sistema universal.
La Prestación de un servicio oportuno, seguro y acorde con las necesidades de los clientes, acompañado de calidad y precio competitivo, se convierten en elementos fundamentales para generar ventajas competitivas sostenibles actualmente. Pero estas características y/o atributos que se deben ver como medios y no como fines organizacionales, encuentran en el orden y aseo a nivel de plantas industriales y de organizaciones de servicio un pilar fundamental para su alcance.
La satisfacción de los clientes implica un trabajo en las organizaciones centrado en su talento humano, que lleve implícito un desarrollo integral de las personas, partiendo de su propia satisfacción, generando en ellas, compromiso, pertenencia, motivación, auto estima y, como consecuencia espera el desarrollo de sus potencialidades para un mejor aporte institucional.
Para empezar un programa de mejora continua, la forma ideal es, mejorar las condiciones de trabajo de las personas en su ambiente cotidiano y fomentar hábitos y procedimientos que permitan su mejoramiento integral en la organización. Sobre estas premisas las cinco eses son la condición y base para iniciar la implementación de programas de aseguramiento de calidad y de mejora de la productividad en cualquier tipo de Empresas.


CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DE SALUD OCUPACIONAL











BIBLIOGRAFÍA

































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